República Oriental del
Uruguay

General

Geografía

Economía

Política

 

Estructura Política y Gobierno

 

El sistema de gobierno del Uruguay es el Democrático, Republicano y Representativo, estando compuesto por tres poderes que son el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial.

Además de los tres poderes, la Constitución prevé tres sistemas orgánicos de control: el tribunal de lo contencioso-administrativo, el Tribunal de Cuentas y la Corte electoral.

Poder Ejecutivo

El poder ejecutivo es un órgano pluripersonal que funciona en acuerdo con el presidente de la República con él o los ministros respectivos o en consejo, que dirige el presidente de la República.

Los ministros son designados por el presidente de la República. El número de ministerios puede ser modificado por ley, pero en la actualidad permanece fijo en 12 carteras.

Poder legislativo

El poder legislativo se compone de dos cámaras: una Cámara de Senadores con 30 miembros y una Cámara de Representantes con 99. Las atribuciones de ambas son legislativas y de contralor.

Asamblea General

La Asamblea General es constituida por los miembros de ambas cámaras, y es presidida por el vicepresidente de la República.

Comisión Permanente

Se compone de cuatro senadores y siete representantes "elegidos por el sistema proporcional, designados unos y otros por sus respectivas cámaras y es presidida por un senador de la mayoría". Este órgano actúa durante el receso de las cámaras y dentro de sus competencias está la de "velar por la observancia de la Constitución y de las leyes".

Poder Judicial

Su órgano máximo es la Suprema Corte de Justicia. Esta, tiene competencia originaria y exclusiva para declarar la inconstitucionalidad de las leyes, para juzgar a todos los infractores de la Constitución, sin excepción alguna y en las cuestiones relativas a los tratados con otros Estados.
 


 

 

 

Palacio Legislativo (Frente)

 

Detalle del Frontispicio

 

Vista Nocturna